Fijan Criterios Contables Generales para determinación de precios justos
En Gaceta Oficial número 40.351, que circuló este lunes 10 de febrero, fue publicada la providencia administrativa mediante la cual se fijan los criterios contables generales para la determinación de precios justos.
El texto de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde) tiene por objetivo establecer criterios contables que deberán utilizar los empresarios para la adecuación de sus estructuras de costos, en orden de determinar “precios justos”, en el marco de la nueva ley.
Costos según gasto de producción
Algunos de los criterios de cumplimiento obligatorio que estipula la providencia son que la falta de control sobre los costos por parte de los empresarios sujetos a la aplicación de la providencia, de no regularse o llevar control integral de toda la información financiera.
Así mismo, el texto establece que el costo deberá ser igual al valor de los elementos necesarios asociados, directa o indirectamente, a la producción de un bien o la prestación de un servicio. Estos costos incluirán los de adquisición de materiales y materias primas, así como los gastos invertidos en la conversión y transformación, para darle a los productos o servicios la condición de terminados o prestados.
“En cualquier caso, se incluyen y se reconocen entre los costos de producción sólo en la medida en que se incurran y sean necesarios para llevar los productos o servicios a su condición de terminados o prestados”, señaló el texto.
Formarán parte del cálculo de los costos de adquisición de materiales y materias primas el precio de compra, aranceles y gastos de importación, transporte, entre otros.
En cuanto a los límites de ganancia, de la providencia resalta que no deberán exceder a los permitidos por la ley, que aún no han sido determinados según cada rubro.
Auditorías
Por otro lado, providencia establece que la Sundde tendrá “la potestad de efectuar las auditorías que considere apropiadas a fin de satisfacer la razonabilidad de las estructuras de costos que sustentas los precios”.
Así pues, estas supervisiones podrán ser articuladas por otras instituciones del Estado con competencia en el área, apuntó la Gaceta.
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