Establecen nueva obligación ante el Seniat
Personas jurídicas inscritas en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) hasta el 1 de enero para actualizar los datos relativos a su principal actividades económica. Así lo afirmó el artículo 1° de la Providencia Administrativa No. SNAT/2013-66, emanada del SENIAT, publicada en la Gaceta Oficial No. 40.262 de fecha 1° de octubre de 2013.
Así pues, la actualización podrá realizarse a través del portal web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y arrojará un nuevo código generado por el sistema para las personas jurídicas.
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