Sábado 04 de Abril de 2026

Establecen nueva obligación ante el Seniat

PROVIDENCIA
Toda persona jurídica inscrita en el RIF deberá actualizar la información sobre su principal actividad económica

Personas jurídicas inscritas en el Registro Único de Información Fiscal (RIF) hasta el 1 de enero para actualizar los datos relativos a su principal actividades económica. Así lo afirmó el artículo 1° de la Providencia Administrativa No. SNAT/2013-66, emanada del SENIAT, publicada en la Gaceta Oficial No. 40.262 de fecha 1° de octubre de 2013.

Así pues, la actualización podrá realizarse a través del portal web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y arrojará un nuevo código generado por el sistema para las personas jurídicas.

 

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