Viernes 01 de Noviembre de 2024

Venezuela restringe cupo de divisas para viajes al exterior

DIVISAS
El Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) publicó en Gaceta Oficial número 40.636 los nuevos montos de asignación de divisas para viajes al exterior.

El Gobierno redujo el cupo de divisas para viajes al exterior, según la providencia publicada en la Gaceta Oficial número 40.636 que circuló el viernes.

La providencia Nº 11 informa que Cencoex autorizará el monto dependiendo de la duración y destino del viaje conforme a lo establecido en la Gaceta Oficial.

Los 300 dólares del cupo electrónico no son acumulativos y deben usarse 100 dólares cada 4 meses. 

Para Estados Unidos bajó de 2.500 dólares a 700 dólares. Antes, la cuota asignada era de 700 dólares para el estado de Florida.

Para África, Asia, Europa y Oceanía disminuyó de 2000 dólares (De 1 a 7 días de estadía) a 1000 dólares, mientras que de 3000 dólares (De 8 días en adelante) a 1125 dólares y 2000 dólares.

Para Canadá, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras y países integrantes de Alba y Mercosur, la asignación en dólares se redujo de 1000 dólares (De 1 a 3 días de estadía) a 700 dólares; de 2000 dólares a 1000 dólares (De 4 a 7 días) y de 2500 dólares a 1063 dólares y 1500 dólares (De 8 días en adelante).

Para Aruba, Belice, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curacao, Guayana, México y Panamá, Perú y Surinam, se mantienen la asignación de 300 dólares (De 1 a 3 días de estadía) y 500 dólares (De 4 a 7 días), mientras que se redujo el cupo de 700 a 525 dólares (De 8 días en adelante).

La asignación de dólares para las Islas del Caribe bajó de 500 a 300 dólares (De 1 a 3 días de estadía), de $700 a $500 (de 4 a 7 días de estadía) y de $1000 a $525 y $700 (De 8 días en adelante).

Nuevos requisitos

De acuerdo a la providencia el Cencoex podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares o su equivalente en divisas por año a cada usuario.

Serán descontados conforme a cada modalidad, bien sea:

– Autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el exterior con ocasión de viajes.

– Autorización para realizar pagos de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjeta de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior.

– Autorización de divisas para niños, niñas y adolescente.

Según el dictamen, “se excluye de la utilización de los mecanismos contemplados en la Providencia, a los beneficiarios de Autorizaciones de Adquisición de Divisas destinadas a Operaciones de Remesas a Familiares Residenciados en el Exterior; pago a actividades académicas en el exterior o envío a jubilados, pensionados y residentes en el exterior; funcionarios venezolanos en servicio exterior y agregaduría militares, así como, diplomáticos extranjeros acreditados ante Venezuela”.

El texto oficial refiere que el tipo de cambio aplicarse para las operaciones establecidas será el resultante de la última asignación de divisas realizadas a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad).

Asimismo, el usuario podrá utilizar indistintamente hasta 3 tarjetas de crédito de las cuales sea titular, para realizar los consumos por el monto autorizado por cada solicitud, siempre que dichas tarjetas hayan sido emitidas por el mismo operador cambiario autorizado. Redacción DINERO/ Con información de Panorama, RNV.

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