Viernes 01 de Noviembre de 2024

Prohibido cobro de comisiones por uso de tarjeta de crédito

LEY
Ante la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, Ibarra denunció que algunos comercios recargan hasta 15 % en la cancelación que realizan las personas, bajo el alegato de que las instituciones financieras les exigen un pago por el servicio.

El vicepresidente del Banco Industrial de Venezuela, José Ibarra, recordó este miércoles que está prohibido el cobro de comisiones por el uso de tarjeta de crédito (TDC) en establecimientos comerciales del país, tal y como lo establece la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito y Prepagadas y Demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, aprobada en 2008.

Ante la Comisión Permanente de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional, Ibarra denunció que algunos comercios recargan hasta 15 % en la cancelación que realizan las personas, bajo el alegato de que las instituciones financieras les exigen un pago por el servicio.

"El desconocimiento muchas veces de los usuarios de la Ley ha hecho que se vuelva una práctica normal el cobro de comisiones en el punto de venta por el uso de tarjetas de crédito. Los comercios realizan cobro de hasta 15 % cuando el cliente va a pagar con TDC; en otros negocios no las aceptan", dijo.

El vicepresidente del Banco Industrial de Venezuela explicó que la comisión que cobran los bancos nunca excede de 10 %.

A los comercios de ropa y calzado, por ejemplo, las instituciones financieras no les exigen un alto porcentaje por la tarjetas de créditos. En el caso de los establecimientos que están en las playas, a estos se carga un máximo de 2 %; "y estos comercios son los que más aplican el 15 % por el uso de TDC".

De acuerdo al artículo 25 de la Ley de Tarjetas de Crédito, en su numeral cuatro, el negocio afiliado a este servicio no podrá establecer recargos para el uso de tarjetas de crédito. En tanto, el numeral quinto indica que no se podrán establecer mínimos de compras ni eliminar descuentos por el uso de tarjetas de crédito.

Además, el artículo 61 de la Ley Orgánica de Precios Justos refiere que quien incurra en delito de usura será sancionado con pena de cuatro a seis años de prisión.

En este sentido, Ibarra solicitó a los diputados de la Comisión de Administración y Servicios aplicar las leyes a los comercios que incurran en estas prácticas, al tiempo que pidió hacer una campaña informativa sobre este delito y sobre los derechos de los usuarios.

El presidente de esa instancia legislativa, Tito Oviedo, aprobó la solicitud presentada por el representante de la institución financiera del Estado y anunció que la próxima semana se reunirá con la Superintendencia de Bancos (Sudeban) para revisar esta situación, así como ciertas irregularidades que se están presentando en instituciones financieras públicas y privadas.

Sustracción ilegal por transferencia electrónica

Durante la reunión de la Comisión de la AN, el diputado socialista también alertó que usuarios han denunciado sustracciones ilegales de dinero en sus cuentas, por vía de transferencias electrónicas.

"Creemos que es producto de un fraude electrónico que se está haciendo por algunas bandas organizadas y que está sustrayendo el dinero de manera inexplicable", explicó Oviedo.

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