Incumplimiento del ISLR acarrea sanciones penales
Las sanciones para quienes hayan incumplido con el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), cuyo plazo cerró el 31 de marzo, pueden ser penales y administrativas. Estas últimas pueden llegar hasta las 150 unidades tributarias (UT), es decir, 22.500 bolívares, según lo establecido en el Código Orgánico Tributario.
En días pasados, el superintendente Nacional de Administración Aduanera y Tributaria, José David Cabello, explicó que después del plazo previsto en la legislación, el sistema de declaración del impuesto cierra sus funciones, lo que acarrerará una multa a los contribuyentes que no declararon y pagaron a tiempo.
Entre las sanciones está el pago de entre cinco y 25 UT (750 y 3.750 bolívares) por declaraciones incompletas o extemporáneas. También se castiga la evasión o defraudación fiscal, "que implican penas restrictivas de libertad de entre seis meses y siete años de prisión", precisó Cabello recientemente.
La falta de enteramiento por parte de los agentes de retención, así como la divulgación o uso indebido de la información confidencial de contribuyentes por los funcionarios o representantes legales son acciones igualmente sancionadas.
En caso de omitir ingresos en la declaración y pago del ISLR, un contribuyente se hace merecedor de multas que pueden ser desde 10% hasta 200% del monto del tributo omitido.
Tras el cierre del plazo para la recaudación fiscal, Cabello explicó que este año se ha registrado un sobrecumplimiento del 53% en el ingreso por este tributo.
Hasta la noche del martes se registraron 900.000 declaraciones más en comparación con 2014. AVN.
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