Jueves 09 de Enero de 2025

Claves de la ley del Bono Alimentario para jubilados y pensionados

LEYES
El beneficio lo disfrutarán los venezolanos que reciben una pensión otorgada por la Ley del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

En sesión ordinaria de la Asamblea Nacional (AN), este miércoles fue sancionada la Ley de Bono de Alimentación y Medicamentos para Jubilados y Pensionados.

-La Ley del bono alimentario es un instrumento legal en beneficio al ingreso mensual de los pensionados y jubilados del sector público y privado.

-El beneficio lo disfrutarán los venezolanos que reciben una pensión otorgada por la Ley del Instituto Venezolano de los  Seguros Sociales (IVSS) o por algún ente público. Incluye: pensión por vejez, por invalidez, por incapacidad parcial, de sobreviviente y por discapacidad.

-El valor del beneficio será de 67 Unidades Tributarias (UT) mensuales, es decir, 11.859 bolívares.

-El pagador podrá cancelar el beneficio en efectivo, o bien a través de cupones, tickets, o tarjetas eléctricas, emitidas por empresas especializadas.

-La ley contempla que la persona que reciba una o más pensiones por parte del IVSS, recibirá el pago de un solo bono, de acuerdo con  lo establecido en la Ley del Seguro Social.

-La Asamblea Nacional, con mayoría opositora al Gobierno  nacional, dijo como argumento en los debates contra el Polo Patriótico, que “hay dinero para la compra de armas y otros gastos excesivos, también debe haber recursos económicos para pagar el Bono para Alimentos y Medicinas a pensionados y jubilados venezolanos, que vendría a mejor su sistema de vida”.

Ley completa

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