Sábado 23 de Noviembre de 2024

Ley Antimonopolio prohíbe dominio del mercado

HABILITANTE
Con la nueva ley las empresas privadas no podrán fijar precios y condiciones de comercialización. Las multas serán hasta un 20% del patrimonio y podría subir a un 50% si los empresarios no cumplen con las sanciones. La ley no aplica a las empresas estatales.

La Ley Antimonopolio ya entró en vigencia y con ella se prohíben las concentraciones  económicas que produzcan o refuercen una posición de dominio en el mercado por parte de la empresa privada. Además, se prohíbe fijar precios y condiciones de comercialización. El nuevo instrumento legal excluye a las empresas estatales.

Con esta nueva legislación se obliga a las empresas a desprenderse de compañías y plantas que originen la cartelización del comercio, tal como lo informó la ministra del Comercio, Isabel Delgado, quien aseguró que es hora de “buscar desconcentrar la economía”.

“Se prohíbe las concentraciones económicas que produzcan o refuercen una posición de dominio en todo o parte del mercado, o que puedan generar efectos contrarios a la competencia efectiva, la democratización de la producción, distribución y comercialización de bienes y servicios”, reza el artículo 10.

La nueva ley no aplica a las empresas estatales de carácter estratégico o de servicio público, la pequeña y mediana empresa y las empresas contempladas en el sistema comunal.

La normativa también prohíbe en su artículo 9 “fijar, de forma directa o indirecta, precios y otras condiciones de comercialización o de servicios”.

Las multas o sanciones serán aplicables de acuerdo al patrimonio de las empresas.

El artículo 49 señala que “quienes incurran en las prácticas o conductas tipificadas en esta ley podrán ser sancionados por la Superintendencia con multas de hasta 10 por ciento del valor de los ingresos brutos anuales, una cifra que podría ser incrementada hasta el 20 por ciento del patrimonio en caso que ocurran nuevos agravantes. Pero en caso de reincidencia la multa aumentará a 40 por ciento”.

El cálculo de los ingresos será en base al ejercicio económico anterior a la resolución de la multa.

Además en el artículo 53 se prevé que las empresas que no cumplan con lo dictado por la Superintendencia Antimonopolio podrán recibir multas adicionales que van entre el 1 y el 20 por ciento del patrimonio del infractor. Esta última multa incluso puede ser aumentada a un 50 por ciento si el monto no es cancelado en el monto previsto.

Monopolio malo

Víctor Maldonado, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Caracas, resalta que “todo monopolio es malo”, pero rechaza que el Gobierno no incluya al sector público cuando en la práctica el Estado tiene el monopolio de la luz con Corpoelec, las comunicaciones  a través de Cantv, distribución de alimentos con 22.500 puntos a través de Mercal y PDVAL, el 80% de las centrales azucareras del país y el control de las cementeras.

“Todo esto sin contar con que el Gobierno nacional también tiene el monopolio de la importación del papel de periódico y vehículos, y la explotación de la industria petrolera”, agrega. Para él, el gobierno está intoxicado de monopolio y por eso la razón de la ineficiencia pública.

Ante este escenario, Maldonado califica la ley como “un retroceso” porque representa otro golpe más al sector privado, que en nada ayuda a la producción nacional. Asegura que uno de los grandes riesgos es que se podrá utilizar bajo libre interpretación del funcionario que desee aplicarla.

Por otro lado, advierte que las franquicias estarían en peligro porque “el gobierno pudiera interpretar que el franquiciante tiene una posición de dominio sobre el franquiciado, a través de las normas y condiciones que establezcan, y por lo tanto se puede destruir este concepto que tantos empleos genera al país”.

Para Maldonado, la enfermedad de toda economía es el monopolio, pero por esa misma razón el Gobierno debe enfrentar cualquier tipo de monopolio: venga de donde venga, sea público o privado.

Otro de los elementos que contempla la ley es la prohibición de la competencia desleal, que según se lee es todo acto que tenga por objeto inducir al error al consumidor sobre las características de algún producto, bien o servicio.  Además, se pechará aquella publicidad que tenga con fin difundir aseveraciones que no fueran exactas y que coloquen a los agentes económicos que los produzcan o comercialicen en desventaja.

Todo fue inconsulto

Otras de las observaciones que el sector privado hizo sobre el conjunto de leyes aprobadas vía Habilitante fue que no se consultó con los otros actores. Fedecámaras al respecto aseguró que las leyes aprobadas no sólo van en contra de las grandes fortunas tal como lo han declarado las autoridades, sino que van en detrimento de la empresa privada.

“El sector empresarial en Venezuela es el principal generador de empleo decente,  81,9% de los trabajadores están ocupados en el sector privado, 65% del producto interno bruto (excluyendo impuestos sobre los productos) se origina de las actividades del sector, superando la contribución del petróleo al ingreso nacional: solo la manufactura privada aporta 13,7% del PIB, siendo la actividad más importante de la economía nacional, por encima del petróleo (que aporta 10,8% del PIB). El comercio aporta 10,1% del PIB”, se lee en el último comunicado emitido por Fedecámaras. 

Además, recordaron que 58% de los ingresos del gobierno central presupuestario vienen del sector no petrolero, principalmente de los impuestos (ISLR e IVA) que pagan las actividades privadas. “En el Presupuesto Nacional para 2014, 76% de los ingresos ordinarios provienen de fuentes no petroleras, principalmente IVA e ISLR” y retiró que no existe país en el mundo que haya logrado progresar sin el esfuerzo privado.

Marisela Castillo Apitz

mcastillo@dinero.com.ve

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