La muerte del pequeño comerciante
El Gobierno ha anunciado que el 1 de noviembre saldrán a la calle 27.000 fiscales de la Superintendencia de Precios Justos con la misión de verificar la existencia de precios justos. Obviamente si nos colocamos en la posición de un consumidor aplaudimos totalmente la idea bajo la esperanza de que se castigue al especulador. Sin embargo el concepto de “justo” debe incluir la complacencia de la otra parte es decir del vendedor o comerciante, quienes por cierto no las tienen todas consigo con este Gobierno, ya que a las continuas visitas del Seniat, Sumat, Seguro Social e INCES ahora deben sumar a los nuevos fiscales de esta Superintendencia.
Por este motivo, un comerciante de electrodomésticos comentaba que su inventario incluía una pequeña cantidad de planchas que había comprado cuando Cadivi daba a los importadores suficiente cantidad de dólares y que eran calculados a 6,5 bolívares. Con total franqueza confesaba que estaba obligado a cambiar la etiqueta del precio original y colocar otra que reconozca que los dólares ahora se obtienen a Bs.50 y que la inflación en los últimos dos años supera el 100%. “Lo tengo que hacer para poder venderlas a un precio que me permita reponerlas, de lo contrario me descapitalizo y tendré que cerrar”.
Es muy posible que los nuevos fiscales de la Superintendencia tengan como misión comprobar que el precio de venta parte de un costo histórico y si esto es así, el pobre comerciante tendrá que cerrar las puertas por insuficiencia financiera. Es casi seguro que su explicación de la descapitalización tendrá como respuesta la famosa frase “tienes razón pero vas preso”. Los grandes comercios o cadenas son ajenos a este problema porque tienen altísimos índices de rotación y si lo tuvieran conseguir la factura original va ser un poco más difícil que con el pequeño comerciante. Curiosamente harán más fuerte al fuerte, algo que en teoría estaría totalmente reñido con el pensamiento socialista.
La ley de precios justos, en una pésima redacción, indica que la contabilidad deberá regirse por Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, los cuales por cierto incluyen la corrección de los estados financieros por las distorsiones que causa la inflación (antes con el famoso DPC 10 y ahora la con la NIC 29). La ley hace mención solo a dos métodos para la valoración de inventarios: el promedio ponderado y el FIFO o PEPS (primero que entra, primero que sale). Excluye un método aceptado generalmente que es el LIFO O UEPS (último que entra primero que sale), cuando es este el más justo en tiempos de alta inflación ya que elimina ganancias inorgánicas producidas por la inflación.
La inflación o el incremento de precios no es un capricho del sector privado, es la consecuencia de la aplicación de políticas macroeconómicas erradas que posiblemente en la actualidad estén alineadas con una rígida disciplina castrense, pero nunca con la economía ni con los intereses de la población.
El Autor
Johnny Zafra R
Economista y profesor
@jzafrar
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