Banco Central dolariza tasas de interés de créditos comerciales
El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó que los créditos comerciales otorgados por la banca deberán ser indexados a la tasa del dólar oficial. También el emisor estableció una penalidad de 126 por ciento a las instituciones financieras que incumplan con su encaje legal.
Según la resolución que circuló en la Gaceta Oficial número 41.742, los créditos comerciales que son otorgados por las instituciones financieras deberán ser expresados unicamente mediante el uso de la Unidad de Valor de Crédito Comercial (UVCC).
La medida excluye las operaciones con tarjetas de crédito, los microcréditos, los préstamos comerciales entregados a personas con la modalidad de créditos de nómina y los que otorgan a los empleados de las instituciones bancarias y microcréditos.
Además de las tasas de interés, lo clientes de la banca deberán amortizar el capital, de acuerdo a la tasa oficial.
La banca podrá cobrar una penalidad de morosidad de 0,50 por ciento anual.
En la Gaceta se señala que la medida no aplicará a los créditos pactados hasta el 30 de enero de este año.
El economista y director de la firma Ecoanalítica, Asdrúbal Oliveros,señaló que con la medida se elimina el incentivo de los créditos comerciales de la banca para cobertura en divisas u otra opción ante el avance de la hiperinflación.
"(Se) encarece el crédito y ahora los demandantes de créditos comerciales deberán ser cuidadosos a la hora de tomarlos. Por otro lado, el tipo de cambio en el corto plazo, puede ceder un poco más", escribió Oliveros en su cuenta de Twitter.
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