Inició supresión de Cadivi
Este martes, 15 de abril, circuló en Gaceta Oficial número 40.393 el Decreto presidencial 903, mediante el cual se activa la cuenta regresiva para la supresión oficial de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi). El plazo para la eliminación culminará el 31 de diciembre de 2014, y podrá ser prorrogado una única vez por un lapso máximo de un año.
Según el decreto, una vez cumplidos todos los lapsos aplicables, el Vicepresidente Ejecutivo de la República dictará resolución de concluido el proceso de supresión, y tendrá la responsabilidad de establecer un régimen regulatorio de los asuntos judiciales y administrativos y demás asuntos que hayan quedado pendientes del mecanismo. Designará, asimismo, los organismos que se encargarán de concluir los asuntos remanentes.
Así pues, el decreto establece como órgano encargado de la supresión de Cadivi al Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), quien también asumirá las competencias que posee, a la fecha, el otrora principal organismo cambiario del país, “de manera inmediata, o progresivamente cuando la naturaleza de la competencia y los mecanismos para su ejercicio no permitan su traslado inmediato”. Dichas transferencia progresivas seguirán siendo llevadas por Cadivi hasta tanto sean asumidas efectivamente por Cencoex.
Así mismo se especificó que el vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y demás miembros de la Comisión cesarán sus funciones a partir de la publicación de este martes. El presidente del Cencoex asumirá las funciones referidas a la administración de divisas que venía llevando Cadivi. No obstante, el presidente de la Cadivi “permanecerá en sus funciones hasta la supresión definitiva de la Comisión”.
La Junta Supresora designada se encargará de revisar y evaluar el informe final presentado por el presidente de Cadivi, determinar el activo y pasivo de la Comisión mediante auditorías, ejecutar las direcciones impartidas por el presidente de Cencoex, asegurar la continuidad de las actividades que actualmente se desarrollan en la estructura organizativa y funcional de Cadivi, y cumplir con las obligaciones válidamente contraídas por la Comisión, entre otras.
Por otro lado, dicha Junta no podrá modificar en modo alguno las condiciones laborales de remuneración y beneficios sociales de trabajadores que laboren en Cadivi, durante el lapso de la supresión.
Los materiales del Cadivi, tales como logo, papelería y demás distintivos, podrán seguir siendo utilizados hasta agotar existencia.
La Comisión de Administración de Divisas había sido creada el 5 de febrero de 2003 por medio del decreto 2.302.
Revise al detalle la Gaceta Oficial aquí.
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