Importación de productos de aseo personal son exonerados del IVA
Mediante la Gaceta Oficial N° 40.257, correspondiente al 24 de septiembre de 2013, la Presidencia de la República decretó la exoneración del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de bienes de higiene personal de primera necesidad, realizadas por la Administración Pública Nacional, como parte del “Plan Extraordinario de Adquisición de Productos de Aseo Personal para abastecer el mercado nacional”.
Los productos exonerados son los siguientes: 10.000.000 pastillas de jabones de uso personal; más de 49.375.000 de papel higiénico; 21.400.000 pañales para niños de 3 a 6 kilogramos, 50.000.000 toallas sanitarias flujo regular y boby form, y 3.000.000 unidades de crema dental.
Según el decreto, el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración será de un año.
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