BCV: Exportadores deben vender el 20% de sus divisas en el Dicom
El Gobierno pidió a los exportadores vender al tipo de cambio flotante Dicom las divisas por concepto de sus ventas en el exterior. La solicitud fue hecha luego de una reunión que sostuvo el presidente de Comité de Subastas de Divisas, Pedro Maldonado.
"El monto de venta debe ser al tipo de cambio complementario flotante de mercado vigente para la fecha del cobro de la exportación, o el que rija para la fecha de la respectiva operación, reducido en 0,25%”, dijo Maldonado. Asimismo, enfatizó la importancia de la participación de la oferta de divisas por parte del sector exportador para el funcionamiento del mecanismo de subasta dual Dicom.
El Banco Central de Venezuela, dijo en un comunicado que se abordó con el sector exportador el marco normativo del convenio cambiario número 34, que establece que las personas naturales y jurídicas dedicadas a la exportación de bienes y servicios podrán administrar hasta el 80 por ciento del ingreso que perciban en divisas.El porcentaje restante debe ser vendido al BCV dentro de los cinco días hábiles bancarios siguientes al cumplimiento del lapso establecido en las condiciones de pago acordadas en la relación comercial.Para optimizar la captación de divisas, el BCV abrió cuentas en divisas en el sistema financiero nacional, bajo el mecanismo del convenio cambiario N°20. Por tanto, los exportadores deberán tener una cuenta en dólares estadounidenses o euros en entidades de la banca nacional, con fondos disponibles para que el operador cambiario realice la venta al Instituto en un máximo de 48 horas.
Para registrar la operación del proceso de venta al BCV, Cencoex habilitó un sistema que certifica el cumplimiento de la medida y consigna todos los documentos de la exportación ante el organismo.
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